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visióncreatividad
excelenciasingularidad

para bienestar de las comunidades rurales,
los productores agropecuarios
y la familia rural.
Fundación La Dulce es una organización sin fines de lucro. Nace de la iniciativa de su fundadora: La Dulce Cooperativa de Seguros Ltda. cuyos asociados tienen una clara conciencia de la necesidad de dar cause sistemático a los recursos y a las acciones vinculadas con la Educación Cooperativa y el compromiso con las comunidades rurales.

La fundación comenzó a construirse en 1974 y abrió sus puertas a la comunidad en 1978. Desde entonces viene desplegando un constante crecimiento y desarrollo institucional que la posiciona como modelo de excelencia, creatividad y cooperación.

Las más destacadas y autorizadas opiniones y evaluaciones reconocen la visión, la creatividad y la excelencia de sus servicios y admiran su “singularidad institucional” que la distingue positivamente ya que logra conjugar múltiples factores entre los cuales se destacan la permanente actitud de servicio con la vocación de desarrollo y vanguardia en pos del bienestar de las comunidades rurales, los productores agropecuarios y la familia rural.

Se caracteriza por el espíritu solidario, los proyectos innovadores y la eficiencia de los servicios que pone a disposición de todos los habitantes del campo.

Con la convicción de que los analfabetos del Siglo XXI no serán solamente los que no puedan leer ni escribir, sino quienes no puedan aprender, desaprender y volver a aprender, sus objetivos se centran en el aporte de la construcción del saber bajo todas sus formas y complejidades con la perspectiva de un futuro más promisorio para la ruralidad toda.
Servicio Internacional de Informaciones y Estudios sobre Innovaciones Educativas (IERS) de la Ofina Internacional de la UNESCO - 1982

“La Fundación Cultural La Dulce es una institución con personería jurídica independiente, sostenida económicamente hasta el momento por la Cooperativa Fundadora: La Dulce Cooperativa de Seguros Ltda. que estatutariamente sujeta toda su actividad al art. 2°, inc3 de la Ley de Cooperativas de la Argentina en su referencia a la educación cooperativa”.

Areas de Incumbencia

  • Cooperativismo: Entendido como forma de lograr economías con vínculos, sociales, una filosofía de vida basada en la solidaridad y la organización comunitaria.
  • Educación y Cultura: Pensados como pilares básicos para lograr un incremento de las competencias personales y la libre expresión de la creatividad.
  • Juventud Rural: Orientada a convertirse en capital social y estratégico para el desarrollo de las comunidades rurales.

Objetivos

Según el Artículo 2° del Estatuto: "Su objeto es realizar, estimular, colaborar, participar e intervenir en toda clase de iniciativas, obras y empresas de carácter educacional, intelectual, artístico, social, deportivo y filantrópico".

Para cumplir esos objetivos la Fundación promoverá la enseñaza, especialmente en el campo de la educación y capacitación cooperativas, en un todo de acuerdo con uno de los principios fundamentales del cooperativismo y en concordancia con lo establecido en el inciso 3°, del artículo 42 de la Ley de Cooperativas (Decreto Ley N°20337/73). A los fines del cumplimiento de su objeto podrá además:

  • A: Promover la investigación científica, las actividades creadoras y filantrópicas.
  • B: Establecer institutos educacionales a nivel secundario o universitario, organizando a tal efecto, los establecimientos correspondientes, previa autorización de las autoridades educacionales pertinentes.
  • C: Instituir becas o conceder préstamos a estudiantes, que podrán ser de honor o con cláusula de ajuste.
  • D: Efectuar toda clase de donaciones, en las condiciones que establezca, con excepción a organizaciones políticas y/o religiosas o a instituciones vinculadas con ellas.
  • E: Crear bibliotecas, academias, centros de estudios, organizar cursos y conferencias.
  • F: Efectuar publicaciones de libros o revistas
  • G: Organizar actividades deportivas de recreación o descanso.
  • H: Realizar cuantos actos sean conducentes a la finalidad de los principios cooperativos. Las enunciaciones de los incisos d), e), y f) deberán estar relacionados con la cultura cooperativa.

Autoridades

Presidente
ROLÓN, RAMIRO GERMAN

Viceresidente
MINEO, PABLO ANTONIO

Secretario
GONZALEZ, LEANDRO

Tesorero
CABODEVILA, JOSE LUIS

Consejeros

ANDERSSON, ALDO NICOLAS

KOLLE, PABLO DANIEL

RIDAO, SEBASTIAN OSCAR

ANDERSEN, DIEGO LEONARDO 

Comisión fiscalizadora titular
AGUIRRE, JUAN EDUARDO

SCHEGGIA, NÉSTOR LUIS

BUUS, CRISTIAN ARIEL

Comisión fiscalizadora suplente

CIANCAGLINI, ANTONIO NICOLAS

CHIARLE, PABLO LUCAS

TRISTAN, FRANCISCO JAVIER

 

Contacto

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